Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado en contra de la Municipalidad de San Ramón, referido a información sobre viajes de concejales, dentro del país y al extranjero, incluyendo viáticos, documentos de pago e informes finales de cada viaje. Previamente, ordenó tarjar todo dato personal de contexto que pueda figurar en esos documentos, como cédula de identidad, domicilio, nacionalidad, estado civil, teléfono y correo electrónico particular, en aplicación del artículo 19 N° 4 de la Constitución y la ley N° 19.628. La decisión se fundó en que se trata de información de carácter público, respecto de la cual no consta su remisión ni se alegó circunstancia de hecho o causal de reserva que justificara su denegación. Se ordenó a la municipalidad entregar la información bajo apercibimiento de sanción según el artículo 46 de la Ley de Transparencia.