Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la renovación de una licencia de conducir otorgada por la Municipalidad de Cerro Navia, examinando si se ajustó a los artículos 13, 14, 16, 17, 19 y 22 de la Ley de Tránsito N° 18.290. El órgano concluyó que el director de tránsito solo podía considerar condenas dictadas en los cinco años anteriores a la solicitud, por las causas que indica la ley, y que la norma no permite otorgar licencias por plazos menores a los establecidos en el artículo 19. Además, determinó que la licencia no debió extenderse haciendo referencia al Juzgado de Policía Local, pues fue otorgada por decisión administrativa y no por sentencia judicial. En consecuencia, ordenó a la municipalidad revisar la situación del interesado conforme a estos criterios e iniciar una investigación para determinar la eventual responsabilidad de los funcionarios involucrados, informando dentro de 15 días hábiles.