Resumen
La Contraloría General de la República confirmó su dictamen N° 99.448, de 2015, que estableció que no procede que la Municipalidad de Cerro Navia autorice el traslado de una patente de depósito de bebidas alcohólicas. El pronunciamiento se emitió tras analizar un recurso de reconsideración, en el que el interesado alegaba haber iniciado trámites de regularización de construcciones antes de un cambio al Plan Regulador Comunal. El ente contralor determinó que, conforme al artículo 65, letra ñ), de la ley N° 18.695, el traslado de patentes de alcoholes requiere acuerdo previo del concejo municipal, aprobación de la que carecía el solicitante. Además, se precisó que la habilitación del local para otra actividad, como bodega elaboradora o distribuidora de vinos, no habilita el ejercicio de la patente de depósito, por ser actividades distintas. Al no aportarse nuevos antecedentes, se confirmó el criterio original.