Resumen del criterio jurisprudencial
Se trata de una reclamación tributaria presentada por el contribuyente Serrano Ríos en contra del Servicio de Impuestos Internos. El tribunal, mediante resolución de 26 de abril de 2013, apercibió al reclamante para que cumpliera con ciertos requisitos procesales. Ante el incumplimiento de dicho apercibimiento, el juez titular aplicó el artículo 125 inciso 3° del Código Tributario. En consecuencia, se resolvió tener por no presentada la reclamación. La decisión se notificó al reclamante por carta certificada conforme al artículo 131 bis del mismo código. El tribunal actuante fue el Segundo Tribunal Tributario y Aduanero de Santiago.