Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Servicio de Salud Metropolitano Central, que no había entregado información sobre los controles de calidad del laboratorio clínico del Hospital El Carmen de Maipú. Lo solicitado incluía las curvas de control de calidad interno (Levey-Jennings) con el CV% de cada técnica cuantitativa del laboratorio, y los informes PEEC con su valor Z, correspondientes al período consultado. El Consejo estimó que se trataba de información pública, que el organismo no invocó causales de reserva o secreto del artículo 21 de la Ley de Transparencia ni razones de hecho que justificaran su denegación, y que tampoco acreditó la entrega de la información en los términos específicamente pedidos. Por ello, ordenó la entrega dentro de un plazo prudencial, con acreditación posterior ante el Consejo, bajo apercibimiento de las sanciones del artículo 46 de la ley.