Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la impugnación de la eliminación de una alumna de la Escuela de Formación de Carabineros por una imposibilidad física, y de la solicitud de que se le reconociera una pensión de invalidez. El órgano descartó la alegada infracción al derecho de propiedad, al estimar que la relación entre el plantel y sus alumnos no tiene carácter patrimonial. Constató que la medida adoptada fue la eliminación de la alumna del curso y no un retiro absoluto, como se sostenía. Precisó que, conforme al artículo 60 de la ley N° 18.961, los alumnos de escuelas institucionales sólo tienen derecho a pensión de retiro por inutilidad cuando ésta deriva de un accidente en acto de servicio, circunstancia que no se acreditó. Además, se abstuvo de pronunciarse sobre la supuesta privación de beneficios por falta de precisión de hechos y peticiones. Concluyó que la eliminación se ajustó a derecho.