Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Chillán que acogió un recurso de protección interpuesto por un funcionario municipal contra la Municipalidad recurrida, por la demora en la conclusión de un sumario administrativo. La mayoría del tribunal consideró que la dilación en el procedimiento disciplinario vulneraba los principios de celeridad y eficiencia. Sin embargo, los ministros Matus y Ruz votaron en contra, argumentando que el plazo de seis meses establecido en el artículo 27 de la Ley N°19.880 no es fatal y que la Administración debe actuar en un plazo razonable. Los disidentes sostuvieron que no se cumplían los requisitos para la procedencia del recurso de protección, ya que la demora se debía a un procedimiento reglado. La sentencia eliminó el motivo décimo de la sentencia de alzada y la confirmó en lo demás. El fallo fue pronunciado por la Tercera Sala de la Corte Suprema.