Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Municipalidad de Conchalí, que había denegado el acceso a información sobre el titular de una patente de alcoholes. El Consejo sostuvo que la solicitud se refiere a antecedentes que el municipio mantiene en sus registros, por lo que está amparada por la Ley de Transparencia, y que debe aplicarse el principio de máxima divulgación. Además, consideró que se trata de información pública que permite el control social sobre el pago de cargas públicas y los ingresos municipales. Se ordenó entregar la información en los términos solicitados, previo tarjado de los datos personales de contexto que contengan los documentos. La resolución advierte sanciones por incumplimiento, incluidas multas y suspensión en el cargo, y contra ella procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.