Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre si el grado de Bachiller en Administración Pública, otorgado por la Universidad de Chile, habilita a su titular para percibir la asignación profesional regulada en el decreto ley N° 479, de 1974. Consultada la Universidad, informó que dicho grado es previo y no terminal respecto del título profesional de Administrador Público, al cumplirse 375 unidades docentes de asignaturas obligatorias. El organismo recordó que el artículo 35 de la ley N° 18.962 define el título profesional y que su jurisprudencia exige, para que un bachillerato sea considerado título, que el plantel lo declare formalmente como tal y que sea un grado terminal. Como el bachillerato no cumplía este segundo requisito, concluyó que no reviste el carácter de título profesional y que, por ende, no habilita a su titular para percibir la asignación profesional.