Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre si el diploma de P.L.C.C., otorgado por la Universidad Adventista de Chile, reviste el carácter de título profesional para efectos de percibir la asignación profesional regulada por el decreto ley N° 479, de 1974. El organismo constató que la carrera tiene una duración de diez semestres, confiere el grado de Licenciado en Ciencias de la Educación y que, conforme al artículo 63, letra n), de la ley N° 20.370, el diploma de Profesor de Educación Media en asignaturas científico-humanistas tiene naturaleza de título profesional. Además, precisó que el requisito de 3.200 horas de clases exigido por el artículo 3° del decreto ley N° 479 solo aplica a carreras de seis semestres, según su criterio previo contenido en el dictamen N° 26.441, de 2010, y no a mallas que superan ese mínimo. Concluyó que el diploma sí es título profesional y habilita para percibir la asignación, siempre que se cumplan los demás requisitos legales.