Resumen
La Contraloría General de la República reconsideró el oficio N° 19.982, de 2014, de su Contraloría Regional del Bío-Bío, y concluyó que la Municipalidad de Concepción estaba habilitada para poner término a un encomendamiento de funciones que había recaído en una profesora titular de aula, quien había sido designada como coordinadora en el departamento de administración de educación municipal. El órgano fiscalizador explicó que, según el artículo 6° de la ley N° 19.070, la docencia de aula se realiza dentro del proceso educativo en un establecimiento, por lo que las tareas de coordinación administrativa no son inherentes a dicho nombramiento. Recordó que, antes de la ley N° 20.501, su jurisprudencia admitía el encomendamiento solo de forma excepcional y transitoria para suplir ausencias de docentes directivos, y que actualmente no es admisible encomendar a un pedagogo funciones distintas de las propias de su empleo. En consecuencia, el decreto alcaldicio que puso término al encomendamiento y destinó a la profesional a un establecimiento educacional para ejercer docencia de aula fue considerado ajustado a derecho.