Resumen
El Consejo para la Transparencia resolvió rechazar los amparos presentados por una reclamante en contra del Hospital San Juan de Dios de La Serena, relacionados con antecedentes de salud de una persona individualizada. La decisión se fundó en que el órgano requerido no tenía en su poder la información solicitada, lo que no fue desvirtuado por antecedentes en contrario. Asimismo, el Consejo representó al director del hospital la infracción a los plazos de respuesta establecidos en el artículo 14 de la Ley de Transparencia y al principio de oportunidad del artículo 11, letra h), para que se adopten medidas que eviten su reiteración. Contra la resolución procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde su notificación.