Administrativo

Hospital debe pagar los honorarios correspondientes a los turnos que le habría tocado r…

Resumen del criterio jurisprudencial

Hospital debe pagar los honorarios correspondientes a los turnos que le habría tocado realizar a la recurrente si hubiere estado en funciones. Para ello se debe considerar la planificación estándar de la unidad respectiva por todo el tiempo de su separación, exceptuando los períodos en que hizo uso de licencias médicas o permisos maternales.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.