Resumen del criterio jurisprudencial
Persona que se desempeñaba en la corporación municipal que indica, no cumplía con el requisito establecido en el N° 4 de la letra c) del artículo tercero del decreto N° 28, de 2011, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, para efectos de percibir el ingreso familiar de emergencia laboral.