Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un exonerado político de la antigua CORA que reclamaba el bono extraordinario establecido en la ley N° 20.134, beneficio que el Instituto de Previsión Social le había negado. El organismo concluyó que no procede el pago. Por una parte, el reclamo fue presentado fuera de plazo, ya que la alegación prevista en el decreto N° 18, de 2007, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social debió formularse antes del vencimiento del plazo legal, y la primera petición fue posterior. Por otra parte, aun si hubiera sido oportuno, el interesado no cumple el requisito relativo al mecanismo de cálculo de su pensión, puesto que ella se determinó conforme al inciso segundo del artículo 12 de la ley N° 19.234, aplicable a extrabajadores del sector público, y no al inciso tercero, que exige el beneficio. En consecuencia, se desestimó la pretensión y se ordenó la devolución del expediente al Instituto de Previsión Social y su comunicación a la Contraloría Regional de La Araucanía.