Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la procedencia de que una municipalidad acepte un certificado de inversiones para acceder a la rebaja de patente municipal prevista en el artículo 24, inciso final, del decreto ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales. El análisis concluyó que el beneficio procede para todo contribuyente que tenga capitales invertidos en otra empresa efectivamente afecta al pago de patente municipal, sin que sea exigible que la sociedad receptora lleve contabilidad completa, por tratarse de un requisito no previsto en la norma. Aplicando ese criterio, el organismo determinó que la Municipalidad de Vitacura debe aceptar el certificado emitido por la Municipalidad de Macul en favor de la sociedad recurrente, y deberá informar lo obrado dentro de 15 días hábiles desde la recepción del oficio.