Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Calificador de Elecciones declaró inadmisible la reclamación interpuesta por Eduardo Segundo Hunter Abarzúa, candidato a Concejal por la comuna de Máfil en las elecciones municipales 2024 y administrador electoral de su propia candidatura, contra la resolución N°G5136 del Director del Servicio Electoral que rechazó una cuenta de ingresos y gastos. La reclamación fue presentada el 11 de mayo de 2025, mientras que el plazo legal de cinco días hábiles para reclamar, contado desde la notificación de la resolución el 29 de abril de 2025, vencía el 7 de mayo de 2025. Por lo tanto, la reclamación fue extemporánea y se declaró inadmisible conforme al artículo 9 del Auto Acordado sobre el Funcionamiento y Tramitación de las causas ante este Tribunal. La decisión se fundó en los artículos 75 N°10 de la Ley N°18.556 y 51 y 57 de la Ley N°19.884.