Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la reclamación de una profesional de la educación de la Región de Los Lagos que buscaba dejar sin efecto el reintegro de remuneraciones percibidas indebidamente. El organismo concluyó que el Estatuto Docente y el Código del Trabajo no contemplan la compensación de horas extraordinarias con permisos administrativos, por lo que el reintegro procede; además, el derecho al cobro de esas horas se encontraba prescrito según el artículo 480 del Código del Trabajo. Como las alegaciones no aportaron nuevos antecedentes, la reclamación fue desestimada. No obstante, se le indicó que, al no exceder la deuda de 50 UTM, puede solicitar la condonación ante la Contraloría Regional de Los Lagos, la que también tiene competencia para resolver el aumento de las parcialidades concedidas para el reintegro de la asignación de responsabilidad directiva.