Resumen
La Contraloría General de la República desestimó una solicitud de reconsideración del dictamen N° 19.565, de 2015, por no haberse aportado antecedentes nuevos, de hecho o de derecho, que permitieran alterar lo concluido en él. El órgano reiteró que las sentencias judiciales son relativas, según el inciso final del artículo 3° del Código Civil, por lo que sólo afectan a quienes fueron parte en el juicio, y que la jurisprudencia administrativa sigue vigente para las personas que no intervinieron en esos procesos. Asimismo, rechazó la alegación del municipio sobre vulneración de la igualdad ante la ley, al considerar que se aplicó la normativa y jurisprudencia vigente de manera similar a otros profesionales de la educación en igual situación. En consecuencia, ratificó el dictamen y ordenó a la Municipalidad de Ñiquén pagar a las exfuncionarias la indemnización por años de servicio del artículo 2° transitorio de la ley N° 19.070, informando a la Contraloría Regional del Bío-Bío en un plazo de 15 días hábiles.