Resumen
El Consejo para la Transparencia conoció un amparo deducido por una persona en contra de la Municipalidad de Valparaíso, por la negativa a entregar información que el órgano sostuvo no obrar en su poder. El Consejo constató que la municipalidad fundamentó de manera específica los motivos de inexistencia de la información, conforme al estándar de acreditación de la Instrucción General N° 10, y que no existían antecedentes que permitieran concluir lo contrario. En consecuencia, por unanimidad de sus miembros presentes, rechazó el amparo. Contra esta decisión procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, en el plazo de 15 días corridos desde la notificación, no procediendo el recurso de reposición del artículo 59 de la Ley N° 19.880.