Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la vacancia de una docente municipal de Malloa, declarada por salud incompatible con el cargo. La Comisión Médica Central de la Superintendencia de Pensiones le otorgó invalidez parcial transitoria con un 51% de incapacidad, sin indicar la fecha de inicio de su vigencia. Aplicando el artículo 31 del decreto N° 57 de 1990, que fija como fecha de la invalidez la de presentación de la solicitud de pensión, el organismo concluyó que la falta de esa mención no altera el derecho. En consecuencia, ordenó dejar sin efecto el decreto alcaldicio que declaró la vacancia y regularizar la situación de la docente, para que pueda acogerse al beneficio del artículo 149 de la ley N° 18.883 desde la fecha en que solicitó la declaración de salud irrecuperable, con pago de las remuneraciones que correspondan e informe a la Contraloría Regional dentro de 15 días.