Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo interpuesto en contra de la Comisión para el Mercado Financiero, ordenándose la entrega de “(…) copia del Oficio Ordinario Nº95.098 del 24/ emitido por la Comisión para el Mercado Financiero”. Lo anterior, toda vez que se trata de información pública, respecto de la cual no se configura la causal de reserva de afectación de derechos de las personas. En forma previa a su entrega, el órgano deberá tarjar los datos personales de contexto que pudieran contener los documentos, en aplicación del principio de divisibilidad consagrado en la Ley de Transparencia.