Resumen
La Contraloría General de la República dictaminó que es válida la comunicación del retiro temporal de un funcionario de la Policía de Investigaciones de Chile, efectuada en 1986 mediante la transcripción de la resolución respectiva. Según el dictamen, la notificación cumple su objeto cuando el servidor toma conocimiento cabal, oportuno y cierto del acto por cualquier medio auténtico, incluida la transcripción, por lo que el licenciamiento se ajustó a derecho. Además, recordó que el plazo de dos años del artículo 53 de la Ley N° 19.880 para invalidar actos contrarios a derecho es de caducidad, por lo que ya no era posible invalidar esa comunicación, y advirtió que las futuras peticiones deben formularse en términos respetuosos y convenientes, conforme al artículo 19 N° 14 de la Constitución.