El Tribunal Constitucional conoció una acción de inaplicabilidad por inconstitucionalid…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2018
Resumen
El Tribunal Constitucional conoció una acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad contra el artículo 38 ter de la Ley N° 18.933, hoy artículo 199 del DFL N° 1 del Ministerio de Salud de 2005, que regula alzas en los precios de los planes de salud. La parte requirente sostenía que su aplicación vulneraba la igualdad ante la ley, el derecho a la protección de la salud y el derecho a elegir sistema de salud, al permitir alzas basadas en factores como la edad, lo que afectaría la proporcionalidad entre precio y beneficios. El Tribunal acogió el requerimiento y declaró inaplicable el precepto en el caso concreto. Para ello recordó que una sentencia previa de inconstitucionalidad había invalidado algunos números del inciso tercero de ese artículo con efectos solo hacia el futuro, y que tales efectos no alcanzan a situaciones consolidadas ni a derechos adquiridos bajo la normativa anterior.
Normas citadas
artículo 38, inciso ter, de Ley N° 18.902
artículo 199, de Ley N° 21.412
artículo 5, inciso segundo, de Constitución Política
artículo 19, inciso primero, numeral 2, de Constitución Política
artículo 19, inciso primero, numeral 9, de Constitución Política
artículo 19, inciso primero, numeral 18, de Constitución Política
artículo 19, inciso tercero, numeral 1, de Constitución Política
artículo 19, inciso tercero, numeral 3, de Constitución Política
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasley de control de armasPrincipio de proporcionalidad de la PenaIgualdad ante la LeyDeterminación de la penaReinserción social
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