Resumen
La Superintendencia del Medio Ambiente dictó un dictamen en un procedimiento administrativo sancionatorio contra una empresa elaboradora de frutas, legumbres y hortalizas, a la que se imputó haber superado límites de descargas de residuos industriales líquidos y no haber reportado remuestreos durante 2022, infringiendo el decreto supremo correspondiente. El dictamen recoge el marco normativo aplicable y, en la determinación de la sanción, concluye que no concurren factores de disminución que deban ponderarse. Respecto de la capacidad económica del infractor, de acuerdo con el artículo 40 letra f) de la LOSMA, el organismo la entiende como la aptitud real del sujeto para hacer frente a la obligación, y la evalúa mediante dos criterios: el tamaño económico, vinculado a ingresos anuales, que se conoce de antemano con información del Servicio de Impuestos Internos, y la capacidad de pago, que solo se analiza eventualmente y a solicitud expresa del infractor, quien debe acreditar dificultad financiera.