Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre el reclamo de una exfuncionaria de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, quien cuestionaba la tasa de reemplazo líquida determinada por la Superintendencia de Pensiones, la que le impedía acceder al bono regulado por la ley N° 20.305. El órgano explicó que dicha ley exige, entre sus requisitos, una tasa de reemplazo líquida igual o inferior a 55%, calculada como el cuociente entre la pensión de vejez y la remuneración promedio líquida, y que corresponde a la Superintendencia de Pensiones efectuar ese cómputo a requerimiento del jefe superior del servicio. En consecuencia, resolvió que las objeciones al porcentaje asignado deben dirigirse a dicha institución fiscalizadora, sin que proceda que la Contraloría revise lo resuelto por el organismo competente, y dispuso la transcripción del dictamen a la Superintendencia de Pensiones.