Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo deducido en contra de la Armada de Chile, ordenándose la entrega de las “cartas de la empresa o capitán de la nave en la cual se solicita autorización”, presentadas para los permisos de embarco como asesor superior en hielos, entre los años 2022 y 2025. Lo anterior, por cuanto se trata de información de naturaleza pública, respecto de la cual, el órgano accedió a su entrega con ocasión de sus descargos, sin acreditar su remisión efectiva a la parte reclamante. A su vez, no se alegaron, respecto de dichas solicitudes, causales de secreto o reserva que justifiquen su denegación. En virtud del principio de divisibilidad, previo a la entrega, el órgano deberá tarjar aquellos datos personales y sensibles de contexto de terceros distintos al solicitante que pudieren estar contenido en la información cuya entrega se ordena.