Resumen del criterio jurisprudencial
Funcionarios de la Administración del Estado tienen derecho a acceder a la modalidad de teletrabajo o trabajo a distancia, en los términos que indica, en la medida que se encuentren en alguna de las hipótesis que regula el artículo 206 Bis del Código del Trabajo. Complementa dictamen N° E177724, de 2022.