Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre un reclamo relativo a la elección de representantes del personal ante la junta calificadora de un servicio público. La recurrente alegaba que la autoridad debía recordar a los funcionarios el plazo para inscribir candidatos y que el proceso se había desarrollado fuera de plazo. El organismo resolvió que la normativa aplicable, el decreto N° 1.825, de 1998, no obliga a la autoridad a recordar dicho plazo, pues la unidad de personal solo debe recibir las inscripciones de los funcionarios propuestos dentro de los diez primeros días de julio. Asimismo, reiterando su criterio previo, indicó que los plazos administrativos no son fatales, por lo que las actuaciones realizadas fuera de ellos no carecen de validez. Por ello, desestimó el reclamo y no dispuso la invalidación del proceso calificatorio, ya que no se configuraron los vicios alegados.