Resumen
El Consejo para la Transparencia resolvió un reclamo por infracción a las normas de transparencia activa presentado por una persona natural en contra de la Municipalidad de Lampa. Se discutía si el municipio, en su sitio web, publicaba actos y resoluciones con efectos sobre terceros con los RUN de personas naturales, lo que contraviene la Instrucción General N° 11 del Consejo y la Ley sobre Protección de la Vida Privada. El Consejo acogió el reclamo, constatando la infracción al 10 de julio de 2019, sin perjuicio de los avances que el organismo pudiera haber logrado después del informe de fiscalización, lo que deberá acreditarse en la etapa de cumplimiento. Como consecuencia, requirió al alcalde publicar los actos correspondientes, especialmente los aprobados por la Dirección de Obras, con los RUN de las personas naturales tarjados, dentro de 20 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento del artículo 47 de la Ley de Transparencia.