Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un exfuncionario del Hospital Barros Luco Trudeau, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Sur, que reclamaba el bono de la ley N° 20.612, beneficio denegado por el hospital. El órgano concluyó que el recurrente no tiene derecho a dicha bonificación. Por una parte, su cese se produjo por declaración de vacancia del cargo por salud irrecuperable y no por renuncia voluntaria, además de ser anterior a la entrada en vigencia de la ley. Por otra, obtuvo una pensión de invalidez bajo el régimen de la antigua Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas y no conforme al decreto ley N° 3.500, de 1980, y tampoco cumplía la edad exigida en el plazo previsto.