Resumen
El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo interpuesto por una persona solicitante contra la Municipalidad de San Ignacio, que buscaba copia de un proceso disciplinario en su contra. El Consejo concluyó que concurre la causal de reserva del artículo 21 N° 5 de la Ley de Transparencia, en relación con el artículo 135 de la Ley N° 18.883 (Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales), que permite reservar un sumario administrativo mientras no se encuentre afinado, incluso respecto del inculpado y su abogado, mientras no se hayan formulado los cargos. Asimismo, ordenó al Alcalde informar la resolución que se adopte en relación con la solicitud, y procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones dentro de 15 días corridos desde la notificación.