Resumen
La Contraloría General de la República rechazó una solicitud de reconsideración y volvió a representar las resoluciones N° 311 y 316, de 2010, del Servicio de Salud Metropolitano Sur, que aplicaban medidas disciplinarias a funcionarios del Hospital Barros Luco Trudeau. El órgano concluyó que los directores de establecimientos de autogestión en red pueden aplicar medidas correctivas a todo su personal, pero solo pueden ordenar sanciones expulsivas respecto de funcionarios a contrata, correspondiendo al director del Servicio de Salud disponerlas para el personal de planta, sin perjuicio de las delegaciones que se hayan realizado. Para determinar la autoridad competente se consideró la naturaleza del vínculo con la Administración y el carácter expulsivo o correctivo de la medida, conforme a la Ley de Autogestión Hospitalaria y al dictamen N° 39.500, de 2009. Asimismo, se dispuso que, cuando corresponda, se efectúen las correcciones necesarias para ajustar la finalización de los sumarios a esas conclusiones.