Resumen
El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo deducido por una solicitante en contra del Servicio Nacional de Migraciones, que no había respondido dentro de plazo una solicitud de información sobre el estado de tramitación de su solicitud migratoria. Por aplicación del apercibimiento legal, al no haber la requirente formulado observaciones a los antecedentes entregados fuera de plazo, se le tuvo por conforme con ellos. En consecuencia, el Consejo acogió el amparo, teniendo por entregada de manera extemporánea la información requerida. Además, representó al órgano la infracción a los artículos 14 y 11 letra h) de la Ley de Transparencia, para que adopte medidas que eviten su reiteración.