Resumen
El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo interpuesto por una solicitante contra el Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Aysén, que pedía información sobre un proyecto habitacional. El servicio sostuvo que el proyecto aguardaba la aprobación de financiamiento del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que ya había entregado toda la información en su poder y que no tenía facultades para exigir al ministerio la resolución de asignación solicitada. El Consejo estimó que no existían antecedentes que desvirtuaran lo informado por el órgano, por lo que no había información adicional que entregar. Asimismo, en su parte resolutiva se instruyó al servicio, para futuras solicitudes de esta naturaleza, aplicar la Instrucción General N° 10, considerando que la comparecencia de la solicitante no constaba autorizada por el titular de los datos conforme a la Ley N° 19.628. La decisión puede ser reclamada de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.