Resumen del criterio jurisprudencial
Corresponde rechazar el reclamo del avalúo fiscal asignado a un inmueble en la tasación general, si la parte reclamante invoca las causales establecidas en el artículo 149 n°2 y n°3 del código tributario -vale decir, aplicación errónea de las tablas de clasificación y errores de cálculo-, fundándolas en que el avalúo fiscal del inmueble es superior su valor comercial y no logra acreditar dicha circunstancia. (esta sentencia fue revocada por el tea, en causa, que razonó que el sii no puede recurrir al método de la rentabilidad)