Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre el reclamo de un ex contratado a honorarios de la Subsecretaría de Minería, quien cuestionaba el término anticipado de su convenio, ocurrido mientras se encontraba con licencia médica. El órgano concluyó que, conforme al artículo 11, inciso tercero, de la ley N° 18.834 y su jurisprudencia, quienes prestan servicios a honorarios no son funcionarios y su relación se rige por el propio convenio. Como la cláusula sexta del contrato permitía poner fin anticipado al vínculo sin expresión de causa, el cese se ajustó a derecho. Asimismo, precisó que el uso de una licencia médica no impide que la autoridad adopte esa determinación.