Administrativo

Resulta improcedente aplicar la ley N° 21.227 a los asistentes de la educación de los e…

Resumen del criterio jurisprudencial

Resulta improcedente aplicar la ley N° 21.227 a los asistentes de la educación de los establecimientos educacionales administrados directamente por las municipalidades.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.