Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre el derecho de una funcionaria de la Universidad de Chile a percibir la asignación profesional establecida en el artículo 3° del decreto ley N° 479, de 1974. El organismo señaló que, conforme al D.F.L. N° 3, de 1980, las remuneraciones del personal universitario se fijan según las normas orgánicas de cada universidad, por lo que quedan excluidas del sistema del decreto ley N° 249, pero aclaró que la Universidad de Chile otorga igualmente este estipendio, calculado sobre los sueldos base según el grado. Constató que la funcionaria es titular en un cargo grado 23 del Hospital Clínico de la Universidad de Chile y que posee el título profesional de Ingeniero Comercial. Concluyó que tiene derecho a percibir la asignación desde que acredite ante la Universidad estar en posesión de ese título, siempre que cumpla los demás requisitos legales.