Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo de acceso a la información pública interpuesto por una ciudadana en contra de la Municipalidad de Santiago. Durante el procedimiento, el órgano municipal, al presentar sus descargos, se allanó al fundamento del reclamo y entregó la información requerida. Por ello, el Consejo tuvo por cumplida la obligación de informar, aunque de forma extemporánea, con la notificación de la decisión. Adicionalmente, por facilitación, dispuso que se remita a la reclamante copia de la documentación acompañada por el organismo en sus descargos. Contra la resolución procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde su notificación, conforme a la Ley de Transparencia, y no procede el recurso de reposición del artículo 59 de la Ley N° 19.880.