Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido en contra del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región del Libertador Bernardo O'Higgins, relativo a información sobre proyectos viales. El órgano reclamado invocó la afectación del privilegio deliberativo, alegación que el Consejo descartó por no haber sido debidamente acreditada. En consecuencia, ordenó la entrega de la información, bajo apercibimiento de la sanción del artículo 46 de la Ley de Transparencia (multa de 20% a 50% de la remuneración correspondiente, y su duplo con suspensión en el cargo de cinco días si la autoridad persiste en su actitud). Asimismo, exigió acreditar la entrega efectiva mediante comunicación al Consejo. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, en el plazo de 15 días corridos.