Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Temuco, a través de su Tercera Sala, confirmó la sentencia definitiva dictada el seis de diciembre de 2024. La resolución confirma la decisión previa tras analizar los antecedentes y aplicar el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil. La confirmación se realizó mediante registro y devolución del expediente, bajo el número N°Civil-. La decisión se notificó en Secretaría por el Estado Diario el veinticuatro de febrero de 2026. El fallo mantiene la posición anterior respecto al conflicto sobre la inscripción de derechos de aguas bajo protección judicial.