Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo en contra de la Municipalidad de Valdivia, que había negado el acceso a los números de contacto de las organizaciones sociales de la comuna. El Consejo ordenó la entrega de esa información, excluyendo los antecedentes que correspondan directamente a personas naturales, los que deben reservarse. Estimó que los datos se referían a personas jurídicas, agrupaciones comunitarias, funcionales y sociales, que los utilizan para comunicarse con el público. Desestimó la causal de reserva por distracción indebida de funcionarios, por no haber sido justificada ni acreditada por el órgano. Se concedió un plazo adicional para responder, bajo apercibimiento de las sanciones de la Ley de Transparencia, y se ordenó acreditar el cumplimiento.