Resumen
La Contraloría General de la República determinó que no procede devolver a un exfuncionario del Hospital de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile las cotizaciones enteradas para el fondo de desahucio, y que el descuento que la caja previsional pretendía practicar sobre su pensión no se ajusta a derecho. El órgano fiscalizador explicó que el desahucio no es un derecho previsional sino una prestación patrimonial equivalente a una indemnización, de modo que, habiéndose pagado el resarcimiento por sentencia del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, no corresponde volver a conferirlo. Además, la caja no puede compensar deudas por su cuenta, como ya lo había señalado el dictamen N° 14.929, de 2015, y el tribunal que ordenó el pago no admite ser desconocido por una autoridad administrativa.