AdministrativoAcoge

Se acoge parcialmente el amparo deducido en contra de la Policía de Investigaciones, or…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se acoge parcialmente el amparo deducido en contra de la Policía de Investigaciones, ordenando la entrega de diversa información referida al funcionario que indica, debiendo el órgano tarjar, previamente, los datos personales de contexto que pudieran estar contenidos en la documentación que se entregue, y que en nada se relacionan con el cumplimiento de la función pública desempeñada, tales como el número de cédula de identidad, domicilio particular, fecha de nacimiento, nacionalidad, estado civil, teléfono y correo electrónico particular, entre otros. Lo anterior, por tratarse de información pública que obra en poder del órgano conforme a sus funciones y obligaciones legales, y por haberse desestimado las alegaciones efectuadas por no acreditarlas fehacientemente. Asimismo, por cuanto parte de la solicitud se refiere al uso de fondos o recursos públicos. Se rechaza el amparo respecto del domicilio definitivo del funcionario consultado, por configurarse la causal de reserva del artículo 21 N°2 de la Ley de Transparencia, en relación con lo dispuesto en la ley N° 19.628, por tratarse de un dato personal que en nada se relaciona con el cumplimiento de labores o funciones públicas.

amparoDecisión de Fondo

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.