Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre un reclamo relativo a designaciones a contrata en Carabineros de Chile. Concluyó que la autoridad no está obligada a convocar un concurso para proveer esos cargos y que puede designar directamente, como ocurrió en el caso, conforme a la orden general aplicable. Respecto de la supuesta falta de competencias del designado, indicó que no le corresponde evaluar sus méritos, por ser facultad de la Administración activa. Sobre la inhabilidad por parentesco del artículo 54, letra b), de la ley N° 18.575, reiteró su criterio de que no rige para los servidores de esa institución policial, y rechazó la alegación. En cuanto a la demanda civil que el peticionario invocó como causal de inhabilidad, precisó que el artículo 54, letra c), solo opera respecto de personas condenadas por crimen o simple delito, por lo que no era aplicable. Finalmente, informó que los antecedentes fueron remitidos a Carabineros para que evalúe instruir un procedimiento disciplinario.