Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la legalidad de la resolución exenta N° 2.472, de 2013, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que suspendía provisionalmente toda autorización para comercializar servicios de telecomunicaciones por vía telefónica. Tras revisar la Ley N° 18.168 y las atribuciones de la Subsecretaría, el organismo concluyó que la normativa no contempla un régimen autorizatorio para esa comercialización ni faculta a la Subsecretaría para establecerlo, por lo que tampoco podía disponer la suspensión de las supuestas habilitaciones, que en realidad correspondían a instrucciones impartidas a quienes desarrollaban la actividad para corregir falencias observadas. En consecuencia, ordenó que la Subsecretaría ajuste su actuación a este criterio y, si la resolución aún surte efectos, adopte las medidas para dejarla sin aplicación, informando a la Contraloría dentro de 10 días hábiles. Precisó que ello no obsta a sus facultades de control y supervigilancia del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.