Resumen
La Municipalidad de Temuco consultó a la Contraloría General de la República si un diploma de podólogo con mención en adulto mayor, otorgado por un centro de capacitación privado, habilitaba a una funcionaria de atención primaria municipal para ser clasificada en la categoría de técnicos de nivel superior del artículo 5° letra c) de la ley N° 19.378. La Subsecretaría de Educación informó que dicho centro no había sido reconocido como institución de educación superior, por lo que su diploma no tenía la calidad de título técnico de nivel superior. La Contraloría recordó que el artículo 6° de la ley exige un título otorgado por un establecimiento de educación superior con reconocimiento oficial, y concluyó que, al no cumplirse ese requisito a la fecha de emisión del diploma, este no habilita a la funcionaria para desempeñarse en la categoría consultada. En consecuencia, ordenó al municipio adecuar a la brevedad la contratación de la servidora al nivel de estudios que efectivamente posee.