Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido por una persona reclamante en contra del Servicio Nacional de Migraciones, que no había entregado la resolución que otorgó la residencia definitiva a la propia reclamante. Durante el procedimiento, el órgano solicitó la subsanación del reclamo, lo que el Consejo declaró improcedente y extemporáneo, por haberse planteado después del plazo de respuesta. Sin perjuicio de ello, con sus descargos el servicio accedió a la entrega de la resolución y la puso a disposición de la reclamante, previa acreditación de identidad, conforme al numeral 4.3 de la Instrucción General n.°10. Por ello, el Consejo acogió el amparo, teniendo por entregada, aunque extemporáneamente, la información requerida. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, en el plazo legal.