Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre el cómputo de la asignación de antigüedad de una funcionaria del Hospital San Juan de Dios tras su ascenso a un cargo de mayor remuneración. El organismo recordó que, conforme al artículo 6° del decreto ley N° 249, de 1973, el ascenso produce por regla general la absorción de bienios, sin perjuicio de que el servidor conserve una renta no inferior a la anterior más un bienio. Si bien la reliquidación de agosto de 2015 se consideró correctamente determinada, el organismo precisó que la entidad no puede efectuar descuentos por pagos indebidos, facultad que corresponde solo al Contralor General, y que el entero retroactivo de un bienio no se ajustaba a derecho, pues los bienios cumplidos fueron absorbidos desde el ascenso. Por ello, ordenó al hospital requerir las cantidades pagadas en exceso e informar a la Contraloría en 15 días hábiles.